A
Abbey
Invitado
No es que sea acertada.... Es que lo trabaje... ?, Y gracias... fui Instructor Penal de 100 y Aldabó Sección de delitos contra la vida, y es una de las pruebas que hacen en la carrera.Respeto todos los comentarios. Realmente ha sido un buen debate. Pero quien veo mas acertada en las respuestas es a .
Lo voy a resumir citando lo que establece el Codigo Penal.
ARTICULO 298. 1. (Modificado) Se sanciona con privación de libertad de cuatro a diez años al que tenga acceso carnal con una mujer, sea por vía normal o contra natura, siempre que en el hecho concurra alguna de las circunstancias siguientes:
b) hallarse la víctima en estado de enajenación mental o de trastorno mental transitorio, o privada de razón o de sentido por cualquier causa, o
incapacitada para resistir, o carente de la facultad de comprender el alcance de su acción o de dirigir su conducta.
El tema del palo ya es otra cosa.
Nada... Que normalmente aquí no se denuncia, y las personas tienen en la mente que la Violación es solo golpes y amenazas con cuchillos y demás. Todo muy irreal, todo muy falso. No puedes manejar un vehículo cuando te bebés una cerveza porque disminuye tu concentración, y sin embargo puedes conseguir consentir sexo? No, es lo mismo. Pero con mi aquí no suele pasar nadie lo cree o entiende. Ya el tema investigación es otra cosa. Pero el hecho representa una Violación.