Mira tú que si, para las persona, para la justicia, no hay "igualdad", ni lucha por igual... Todos pagan justo por pecadores, hay si no hay lucho o igualdad que valga...
No funciona así, tú no sabes a donde van los caminos hasta que no los transitas. Hoy sábado 3 de julio de 2021 cualquier mujer, cualquiera, la conozcas o no, va a la policía y testifica, declara o hace una denuncia de que la violaste y vas preso sin razón alguna, sin prueba alguna y hasta que no se agoten todos los recuerdos para demostrar tu inocencia, no sales. Este es el sucio mundo en que vivimos hoy socio. Tengo amistades que han pagado por delitos que no cometieron, a mi una tipeja intento denunciarme por pedofilia sin ni siquiera haber tocado a una persona. ¿Así que te pregunto mijo, donde está la justicia?
Que comentario más machista... Lo siento, pero lo vi así...
Si el mío es machista por darle la razón a la persona que se lo merezca, ¿qué es el tuyo que se lo das por ser mujer?
Y que tiene de malo eso? Tiene de malo apoyar a las féminas por su igualdad, y sobre todo, desterrar ese machismos colectivo que sumerge este mundo... No le veo nada malo... Es algo extraños ser una "Aliade"... ?
Dime a que le llamas machismo colectivo(en ese machismo colectivo, también entras tú), para ver si entiendo tu concepto de feminismo.
Como quiera, son sus vidas son sus acciones, tanto así que hasta el violador se convierte en asesino de niños, el código penal abuso infantil o abuso sexual, no sé, entre 17 o 18 años de cárcel... delito de asesinato, no sé, 25 o menos... Entonces... Cual es la diferencia, no entiendo, ya no dije ya, que la cárcel se encargara en verdad, "educar" a esas personas... Así asumiendo que, algunos sobre pasan el mal momento y luego vuelven a la calle, entonces... Que tanta hoguera, ni quemar como una bruja... Eso no lo toca a nosotros...
Mira lo que dice el código penal cubano sobre el tema:
ASESINATO
ARTICULO 263. Se sanciona con privación de libertad de quince a treinta años o muerte al que mate a otro.
Entonces, crees que mis intenciones o las de varios donde no tenemos que respetar la vida de esa tipa están mal? La ley lo dice, que no se haga por cuestión de que las personas se mantengan al margen, no quiere decir que no se lo merezca. La hoguera, te guste o no.
ARTICULO 263
ARTICULO 264.1. El que de propósito mate a un ascendiente o descendiente o a su cónyuge, sea por matrimonio formalizado o no, incurre en las mismas sanciones previstas en el artículo anterior, aunque no concurra en el hecho ninguna circunstancia de cualificación.
2. La madre que dentro de las setenta y dos horas posteriores al parto mate al hijo, para ocultar el hecho de haberlo concebido, incurre en sanción de privación de libertad de dos a diez años.
Nunca había leído la constitución de la república. Mala de mi parte.
VIOLACIÓN
ARTICULO 298.1. Se sanciona con privación de libertad de cuatro a diez años al que tenga acceso carnal con una mujer, sea por vía normal o contra natura, siempre que en el hecho concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) usar el culpable de fuerza o intimidación suficiente para conseguir su propósito;
b) hallarse la víctima en estado de enajenación mental o de trastorno mental transitorio, o privada de razón o de sentido por cualquier causa, o incapacitada para resistir, o carente de la facultad de comprender el alcance de su acción o de dirigir su conducta.
2. La sanción es de privación de libertad de siete a quince años:
a) si el hecho se ejecuta con el concurso de dos o más personas;
b) si el culpable, para facilitar la ejecución del hecho, se presenta vistiendo uniforme militar o aparentando ser funcionario público;
c) si la víctima es mayor de doce y menor de catorce años de edad.
3. La sanción es de privación de libertad de quince a treinta años o muerte:
a) si el hecho se ejecuta por una persona que con anterioridad ha sido ejecutoriamente sancionada por el mismo delito;
b) si como consecuencia del hecho, resultan lesiones o enfermedad graves;
c) si el culpable conoce que es portador de una enfermedad de transmisión sexual.
4. En igual sanción que la prevista en el apartado anterior incurre, el que tenga acceso carnal con menor de doce años de edad, aunque no concurran las circunstancias previstas en los apartados que anteceden.
Ahora mira a ver tú si notas la diferencia entre una y otra. No todos los casos de violación terminan en asesinatos, al menos de los reportados, ya en un tema hablé de eso, así que si quieres buscarlo, bien y si no, pff, también.
Mal para ti, no tengo hija... Sorry, no puedo contestarte a ese comentario tuyo tan... Chabacana
No, mal para ti, el que se pudiera quedar sin hija eres tú, porque se la van a matar y no ibas a hacer nada al respecto. Yo soy del mismo concepto de defender y no golpear a una mujer, pero una cosa es golpearla por deporte y otra cosa es defender a los míos de cualquier agresor, sea mujer, hombre o aliade. Les voy a dar con la misma tabla.